De acuerdo a lo que señala el último párrafo del artículo 108 Constitucional, así como a lo indicado en la fracción XXV, del artículo 3º, y artículos 32 y 46 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, están obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad y ante las secretarías o su respectivo Órgano Interno de Control, todas las personas servidoras públicas, es decir, todas aquellas que desempeñen un empleo cargo o comisión dentro de la Administración Pública Estatal.
De acuerdo a lo señalado en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas son los siguientes:
inicial:Se presenta dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del:
a) Ingreso al servicio público por primera vez.
b) Reingreso al servicio público después de 60 días naturales de la conclusión de su último encargo.
Modificación patrimonial:Se presenta durante el mes de mayo de cada año.
Conclusión: Se presenta dentro de los 60 días naturales siguientes a la conclusión.
Aviso por cambio de dependencia: Para el caso en que la persona servidora pública tenga un cambio de dependencia o entidad en el mismo orden de gobierno, únicamente se da aviso de dicho cambio, por lo que no será necesario presentar su declaración de conclusión.
Sí, en el caso de que se desempeñe con un nivel menor a Jefe de Departamento u Homólogo, deberá presentar de forma simplificada su Declaración Patrimonial y de Intereses, reportando los siguientes rubros:
• Datos Generales.
• Domicilio del Declarante.
• Datos Curriculares.
• Datos del empleo, cargo o comisión.
• Experiencia laboral.
• Ingresos netos del Declarante.
• ¿Te desempeñaste como servidor público el año inmediato anterior? (sólo en la declaración de inicio y conclusión).
En el caso de que se desempeñe con un nivel superior a Jefe de Departamento u Homólogo, deberá presentar de forma completa su Declaración Patrimonial y de Intereses, reportando los siguientes rubros:
• Clave Única de Registro de Población (CURP) emitida por la Secretaría de Gobernación.
• Registro Federal de Contribuyentes (RFC) emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
• Acta de matrimonio.
• Comprobante de domicilio.
• Datos de escolaridad y de empleos anteriores.
• Datos del cónyuge y/o dependientes económicos.
• Recibo de nómina y/o declaración fiscal.
• Escrituras públicas y/o contratos de bienes inmuebles.
• Factura de vehículos y bienes muebles.
• Contratos y estados de cuenta bancarios.
• Contratos y estados de cuenta de gravámenes y adeudos.
• Comprobante de otro tipo de ingreso.
• Actas constitutivas de sociedades y asociaciones.
A través del Sistema DeclaraNet, en la siguiente dirección electrónica: declaranet.queretaro.gob.mx
Si no te llegó la confirmación del registro al correo electrónico registrado, deberás comunicarte al teléfono: 442 2353 482 exts. 1103, 1104, 1106, 1102, 1108, 1109 y 1110 o al correo electrónico: ayudadeclaranet@queretaro.gob.mx, en horario de Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 hrs. y proporciona la siguiente información:
• Nombre completo
• CURP
• Correo electrónico al que será enviada la confirmación
Podrá firmar su declaración a través del uso de su Clave Única de Registro de Población y la contraseña con la que ingresa al Sistema DeclaraNet.
También se puede utilizar la Firma Electrónica, emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).